TERRORISMO VS RESISTENCIA
Autor:
Alid Moncada
San Cristóbal, marzo del 2018
Recientemente, nuestro país ha vivido una serie de conflictos, donde no solo han representado una amenaza para la integridad física de los ciudadanos sino también para sus instituciones constituidas de manera democráticas, tal es el caso del terrorismo y la resistencia, ambos con métodos diferentes de generar violencia y es relevante que estas inciden estructuralmente sobre todas las formas de organización social, políticas, económicas y en especial en las estructuras de la sociedad democrática. Cabe destacar, que el terrorismo por su parte busca generar temor en la población e impulsa a las autoridades políticas a generar acciones para contrarrestarla.
En este contexto, se puede señalar algunas variables que caracterizan estas acciones; la primera es que sean sucesos planeados por una persona o grupo organizado al efecto, el segundo que recurra a tácticas que crean una situación de miedo en la población civil y la tercera la intención de presionar un gobierno o autoridad a realizar un acto o abstenerse de hacerlo. Sin embargo, la resistencia se tiende a concebir a través de principios éticos y políticos, reflejados en nuevos movimientos sociales, movimientos comunitarios de participación y en otros caso mecanismos de protestas, donde se emplean una serie de actos por medio de estrategias para transformar conflictos internos de una localidad donde sus actores pueden o no estar armados haciendo frente a consecuencias directas o indirectas a una confrontación violenta.
En este sentido, Mahatma Gandhi (1969), define la filosofía de la “No violencia o de la violencia pasiva”, la resistencia, "desobediencia civil" como la eterna "búsqueda de la verdad", búsqueda honesta e inteligente de ella, a la que siempre hay que perseguir porque nunca se tiene totalmente la verdad. En la búsqueda de la verdad subyace la búsqueda del significado de nuestra vida o el propósito de ella. (pag.13).
Es importante señalar, que en el caso de Venezuela surge inesperadamente en el año 2014 un gran número de ciudadanos que se hicieron llamar “grupo de resistencia” donde su ideología estaba centrada en la lucha por la libertad y la vida en contra de la políticas del Presidente Nicola Maduro, a este movimiento se fueron sumando parte de la sociedad civil, algunos desmarcados de partidos políticos, dicha resistencia perdió su sentido por cuanto la violencia permaneció como su catalizador, logrando paralizar parte de la capital y otras ciudades del país, asumiendo los mayores riesgos en marchas, movilizaciones y actos de desafío contra las fuerzas policiales de orden público en una lucha del todo asimétrica, pero que en su momento generaron temor y zozobra en la ciudadanía.
Así mismo, se puede describir como esta llamada resistencia se protegía con prendas de vestir, donde cubrían sus rostro con máscaras antigases, camisetas o cualquier otra forma de persuasión visual, y así, no inhalar los gases lacrimógenos, entre otros instrumentos que se pueden señalar encontramos; escudos improvisados elaborados con material plástico de tanques de agua, cascos de material plástico, chalecos antibalas fabricados con material de alfombras a diferencia del equipamiento con que estos afectos a la violencia se enfrentaron a fuerzas de orden público como fueron las ballenas (camiones con cañones de agua, vehículos blindados (VN-4), murciélagos (ABV-1) y equipos anti traumas con protección de armadura Robocop.
Ahora bien, si comparamos esta llamada resistencia con el terrorismo en nuestro país, tenemos un claro ejemplo muy reciente de acciones ejecutadas como es el caso del ex – funcionario Oscar Pérez y otros funcionarios, donde atacaron con granadas distintas instalaciones del Estado en un helicóptero robado de la base aérea, como fue la sede del Ministerio de Interior Justicia y Paz, Tribunal Supremo de Justicia y Fuerte Militar Paramacay en la ciudad de Valencia estado Carabobo en la llamada “Operación David”, en la que fueron robados varias armas; por consiguiente ambos casos guardan una similitud por cuanto están contemplados en la legislación venezolana como delitos en su Artículo 4. Numeral 1 de la Ley Orgánica Contra La Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (2012) refiere lo siguiente:
Acto terrorista: es aquel acto intencionado, que por su naturaleza o su contexto, pueda perjudicar gravemente a un país o a una organización internacional, tipificado como delito según el ordenamiento jurídico venezolano, cometido con el fin de intimidar gravemente a una población; obligar indebidamente a los gobiernos o a una organización internacional a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo; o desestabilizar gravemente o destruir las estructuras políticas fundamentales, constitucionales, económicas o sociales de un país o de una organización internacional. Serán considerados, actos terroristas los que se realicen o ejecuten a través de los siguientes medios:
A. Atentados contra la vida de una persona que puedan causar la muerte.
B. Atentados contra la integridad física de una persona.
C. Secuestro o toma de rehenes; causar destrucciones masivas a un gobierno o a instalaciones públicas, sistemas de transporte, infraestructuras, incluidos los sistemas de información, plataformas fijas o flotantes emplazadas en la zona económica exclusiva o en la plataforma continental, lugares públicos o propiedades privadas que puedan poner en peligro vidas humanas o producir un gran perjuicio económico. (Pág. 02).
Se puede deducir que ambas figuras desarrolladas muestran como se ha generado un impacto de violencia generado prácticamente por motivos políticos, que si bien se puede observar no dieron ningún resultado favorable para solucionar las realidades que a diario vive el país, llegando a creer que bajo estas acciones se va transformar la sociedad, al cercenar al Estado o un gobierno, pues no, estos hechos impiden cualquier posibilidad de reconciliación de los actores sociales que bien sería una clave para avanzar en el desarrollo, que además es tan necesario para reconstruir un país inmerso en una crisis económica, social y política, donde debe prevalecer la paz. Por lo tanto será importante el compromiso social de cada ciudadano que debe adquirir para enrumbarnos a un proceso de renovación de la sociedad más democrática, participativa y armónica, sirviendo como una forma de evitar acciones violentas y no aceptadas en nuestra Venezuela de progreso.
Referencias Bibliográficas
Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y el Terrorismo (No.39.912). (2012, Abril 30). [Transcripción en línea] Disponible: http://www.oas.org/juridico/pdfs/mesicic4_ven_ley_del_org_finan_terr.pdf [Consulta: 2018, marzo 02]
Kofller, S. (1969). Gandhi peregrino de la no – violencia. Revista El Correo de la Unesco [Revista en línea], Disponible: http://unesdoc.unesco.org/images/0007/000782/078247so.pdf [Consulta: 2018, marzo 03]
Carta de envío dirigida al Secretario General por el Presidente del Grupo de alto nivel sobre las amenazas, los desafíos y el cambio (ONU) (2004, diciembre 01). [Transcripción en línea] Disponible: http://csnu.itamaraty.gov.br/images/16.ESP_A_More_Secure_World_Our_Shared_Responsibility_Relat%C3%83%C2%B3rio.pdf [Consulta 2018, marzo 01]
Grijalvo, J. (2004). Terrorismo y resistencia [Documento en línea]. Disponible: https://www.grijalvo.com/Filosofia/If_Terrorismo_y_resistencia.htm [Consulta: 2018, marzo 04
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